Descripción General
Estamos comprometidos a apoyar a los contratistas de la State Subsidized Child Development (Desarrollo Infantil Subsidiado por el Estado) en nuestro condado. Ya sea que usted trabaje en un centro de Cuidado Infantil, un preescolar estatal, un programa de edad escolar, un programa extraescolar, o como proveedor del programa de Alternative Payment (Pago Alternativo), Campus o Centro Migratorio, podemos ayudarle de muchas maneras.
Lista de Recursos
Preguntas Frecuentes
- All
- Asistencia de Cuidado Infantil
- Contratos de Proveedores
- Cuidado Infantil Familiar
- Elegibilidad de CDR
- Etapa Uno
- Pagos a Proveedores
- Programas de Head Start
- Proveedores
- Reembolso Subsidiado para Proveedores y Padres
- Servicios para Proveedores
Los padres deben comunicarse con su PSS para informar cualquier cambio por teléfono, correo electrónico, fax o utilizando la caja de entrega de CDR localizado afuera. Los proveedores deben comunicarse con su especialista de contratos ya sea por teléfono o correo electrónico. Sta. Los padres deben comunicarse con su PSS asignado y su administrador de casos de CalWORKS para informar cualquier cambio por teléfono, correo electrónico, fax o utilizando la caja de entrega de CDR localizado afuera.
Sí, pueden enviar la hoja de asistencia sin la firma de un padre, deben documentar cualquier ausencia como emergencia familiar, enfermedad, COVID-19, y se les pagará como ausencias justificadas.
Sí, no hay cambios en la elegibilidad de no menos de 12 meses en este momento y el reembolso se basará en la autorización de los servicios. Los padres de Stage 1 deben informar los cambios a su administrador de casos de CalWORKS y a su especialista asignado de CDR.
Sí, los proveedores tienen la opción de enviar las hojas de asistencia a través de la aplicación Care Control Mobile (CCM), utilizando la caja de entrega de CDR localizado afuera o por correo postal.
Si. Se puede utilizar un proveedor alternativo, pero antes tendrá que contactar al Especialista asignado para la autorización.
Si. Los servicios de cuidado infantil aún están aprobados para su uso durante este tiempo. Se implica que las familias que necesitan servicios son trabajadores esenciales agá clic aquí CDE, https://covid19.ca.gov/img/EssentialCriticalInfrastructureWorkers.pdf Si el proveedor ha prestado servicios a los grupos enumerados en este enlace y aún tiene espacio en su programa según las pautas de tamaño del grupo, debe considerar inscribir a trabajadores esenciales privados que paguen a su discreción. Cuando se haya levantado el estado de emergencia, se anticipa que los proveedores reanuden el servicio a todos los niños que reciben subsidios actualmente están inscritos y que pueden continuar recibiendo cuidado, por lo tanto, cualquier acuerdo con padres que paguen en privado debe considerar ese requisito.
Si el padre no está disponible, el proveedor debe documentar en la hoja de asistencia, “El padre no está disponible para firmar debido a Covid-19”.
Sí, al proveedor se le reembolsará y se justificará la ausencia siempre y cuando “El niño no asistió debido a Covid-19” sea documentado en la hoja de asistencia presentada.
¿Pueden los Proveedores de Cuidado Infantil aceptar más niños más allá de su capacidad con licencia?
Haga el favor de comunicarse con Community Care Licensing porque esto solo afecta a los proveedores Small FCC’s y proveedores exceptos de licencia. Agá clic aquí: https://www.cdss.ca.gov/inforesources/child-care-licensing
Child Development Resources (CDR) no puede en ninguna circunstancia tomar esta decisión por usted. Esta será una decisión personal que cada proveedor debe tomar por sí mismo. CDR estará aquí para apoyar cualquier decisión que tome.
Durante el estado de emergencia de COVID-19, las licencias de atención comunitaria funcionarán estrechamente con el Licenciatario. La certificación de RCP será revisada y/o extendida, sin embargo, es importante que el Licenciatario se comunique con sus LPA.
Es caso por caso. Dependiendo de la necesidad urgente de guardería para los empleados esenciales.
Cuidado infantil emergente o La operación del Cuidado Infantil Temporal Patrocinado por el Empleador también se puede encontrar en el siguiente PIN; PIN 20-04-CCP
La proporción entre el niño y el cuidador siempre debe ser de no más de 10:1. Encontrará información adicional en el PIN 20-06-CCP.
Una Waiting List (Lista de Espera) de Head Start/Early Head Start y una Solicitud de Inscripción. Los documentos que se destacan a continuación deben adjuntarse para acelerar el proceso:
A) Certificado de Nacimiento del Niño.
B) Constancia del Ingreso Bruto Anual de la Familia: 1040’s, W-2’s por cada trabajo que se ha tenido, documentación de ingresos de los últimos 12 meses, Aviso de Acción Actual de CalWORKs/Apoyo Económico en Efectivo de TANF.
C) Cartilla de Vacunación del Niño actualizada.
D) Para madres embarazadas, Prueba de Embarazo con fecha prevista de parto.
Entregue la solicitud o envíela por correo postal con copias adjuntas de los documentos al Centro de Head Start más cercano o a la oficina principal de CDR ubicada en: 221 E. Ventura Blvd. Oxnard, CA 93036. (805) 485-7878. Fax: (805) 278-0485. TDD (805) 278-0855. Para descargar una solicitud de Head Start/Early Head Start o para conocer las ubicaciones de los Centros de Head Start, visite nuestro sitio web en www.cdrv.org
Los programas de Head Start y Early Head Start dan la bienvenida y exhortan a los padres y a las familias a integrarse en la educación de sus hijos. Para obtener más información sobre cómo participar, visite CDR Head Start.
La elegibilidad depende de los ingresos, la edad del niño y el número de miembros de la familia.
Child Development Resources también administra los Programas de Recursos y Referencias. Póngase en contacto con este departamento para obtener asistencia a fin de ayudarle a usted a encontrar otros servicios de Cuidado Infantil y/o Programas Preescolares en su comunidad. Contáctelos directamente al 1(805) 485-7878 Extensión 1512.
¡Buenas noticias! Cuando están disponibles, los programas de Head Start pueden inscribir a un número limitado de niños cuyas familias están por encima de los lineamientos de ingresos. Complete el proceso de solicitud para ser considerado.
¡Sí, son admitidos! Sabemos que todos los niños merecen la oportunidad de participar en el programa Head Start. Nuestras agencias están obligadas a tener un cierto número de estudiantes inscritos que tienen un plan de educación individual (IEP, por sus siglas en inglés) o un plan de servicio familiar individual (IFSP, por sus siglas en inglés).
Sí, si algún padre o hermano está recibiendo beneficios de la Seguridad de Ingreso Suplementario, la familia es elegible por sus ingresos. No se requiere ninguna otra forma de documentación de ingresos.
Sí, las familias sin hogar son elegibles, independientemente de los ingresos de la familia. Póngase en contacto con su Centro de Head Start local para obtener más información sobre la elegibilidad.
Sí, los niños en el sistema de hogares de crianza son elegibles, independientemente de los ingresos de la familia. Póngase en contacto con su Centro de Head Start local para obtener más información sobre la elegibilidad.
Sí, las familias que reciben TANF/CalWORKs son elegibles, independientemente del ingreso familiar. Póngase en contacto con su Centro de Head Start local para obtener más información sobre la elegibilidad.
La elegibilidad depende del ingreso familiar, el número de miembros de la familia y la edad de su hijo. Early Head Start es para niños desde el nacimiento hasta los tres años de edad y para madres embarazadas. Head Start es para niños de tres a cinco años de edad.
¡Haga clic aquí para encontrar los programas de Head Start que estén cerca de usted! Usted también puede llamarnos directamente al 1-805-485-7878 Extensión 470.
Póngase en contacto con las oficinas de CalWORKs que aparecen en la página de Asistencia de Cuidado Infantil para obtener información sobre la elegibilidad.
Póngase en contacto con su administrador de casos asignado de CalWORKs. Llame a su administrador de casos asignado de CalWORKs a las oficinas que aparecen en la página de Ubicaciones de CalWORKs.
Póngase en contacto con su administrador de casos asignado de CalWORKs. Llame a su administrador de casos asignado de CalWORKs a las oficinas que aparecen en la página de Asistencia de Cuidado Infantil.
Póngase en contacto con su Especialista de Servicios para Padres de CDR en un plazo de 5 días. Consulte la página de servicios para padres.
Póngase en contacto con su Especialista en Servicios para Padres de CDR asignado en un plazo de 5 días.
Una vez que se verifique la elegibilidad y la necesidad, la decisión de CDR de aprobar o denegar los servicios de Cuidado Infantil será comunicada a través de una declaración por escrito denominada Aviso de Acción, el mismo será entregado al cliente.
Una vez que se verifique la elegibilidad y la necesidad, la decisión de CDR de aprobar los servicios de Cuidado Infantil será comunicada a través de un Aviso de Comunicación, el mismo será entregado al proveedor.
Los servicios de Cuidado Infantil están certificados por un período de 12 meses, la duración del tiempo en que se certifican los servicios de Cuidado Infantil será especificada en el Aviso de Acción y en el Aviso de Comunicación proporcionado al cliente y al proveedor.
Ya no es necesario que los clientes reporten los cambios en un plazo de 5 días.
Se requiere que los clientes reporten lo siguiente:
- Reportar un aumento en los ingresos que exceda el límite máximo de salida del 85% del SMI
- Solicitar que la Cuota Familiar sea reevaluada cuando se produzcan cambios en los ingresos
- Solicitar un aumento o una disminución en las horas de los servicios de Cuidado Infantil según sea necesario
Los clientes reportan voluntariamente los siguientes cambios:
- Número de teléfono o dirección
- Solicitar un cambio de proveedor
- Cambio en el número de integrantes de la familia
- Cambios en los horarios para la autorización de servicios de Cuidado Infantil.
Refiérase a su Especialista de Servicios para Padres asignado que aparece en el Aviso de Acción más reciente.
Tanto el padre como el proveedor documentan la asistencia. Se requiere la firma/fecha de un padre que confirme que los servicios de Cuidado Infantil fueron recibidos al final del mes de servicio. Se requiere la firma/fecha del proveedor después de que el padre verifique que toda la información en la Hoja de Asistencia de Cuidado Infantil esté correcta antes de enviarla a CDR.
Si falta la firma de un padre o proveedor, esto puede demorar el reembolso o puede considerarse como no reembolsable.
Consulte el ejemplo de la Hoja de Asistencia de Cuidado Infantil
Se requiere un justificativo médico después de 5 días de ausencias consecutivas. Consulte la página 12 del Manual para Padres.
Refiérase a la dirección que aparece en el Aviso de Acción más reciente. Consulte la página 16 del Manual para Padres.
Las familias que califican con niños de 0 a 12 años deben cumplir requisitos específicos, como la necesidad de cuidado infantil y ser elegibles por ingresos o categóricamente.
Las familias elegibles que están certificadas para el Alternative Payment Program (Programa de Pago Alternativo, o APP, por sus siglas en inglés) pueden elegir el Cuidado Infantil de su preferencia en un centro de Cuidado Infantil autorizado o en un hogar de Cuidado Infantil, o con un adulto no autorizado como un familiar, un amigo o un vecino que se ocupe únicamente del cuidado de los hijos de los padres inscritos. O bien, las familias elegibles pueden estar inscritas en un centro de Cuidado Infantil específico.
En el APP todos los proveedores de Cuidado Infantil deben completar un proceso de aprobación con la agencia correspondiente al Alternative Payment Program (APP) y recibir un acuerdo del proveedor antes de que ellos puedan recibir el reembolso por los niños bajo su cuidado. Los niños de una misma familia pueden tener diferentes proveedores de Cuidado Infantil. Los padres pueden realizar cambios en los arreglos de Cuidado Infantil mediante la aprobación previa del Especialista de Servicios para Padres. Dependiendo de las necesidades de los padres, los niños pueden recibir servicios a tiempo completo o parcial, así como por la tarde, la noche o los fines de semana. Este programa NO reembolsa la matrícula de las escuelas privadas para los niños que asisten al kindergarten o a la escuela primaria. Solo se puede reembolsar el Cuidado Infantil antes y después de la escuela, así como a tiempo completo durante los recesos escolares, vacaciones de verano o días festivos.
En un programa de Head Start o basado en un centro, su hijo estará inscrito en un centro específico; en algunos casos, el niño debe tener tres o cuatro años de edad. Cuando su nombre aparezca en la siguiente Eligibility Waiting List (Lista de Espera de Elegibilidad) de Child Development Resources, la agencia le explicará en cuál de estos programas usted se encuentra inscrito.
No podemos decirle a usted cuánto tiempo tendrá que esperar en la Eligibility Waiting List (Lista de Espera de Elegibilidad) de Child Development Resources. Cuando una persona aplica, su nombre es asignado a una lista de espera computarizada. Las nuevas familias son inscritas cuando esté disponible la financiación. Esto sucede cuando las familias abandonan el programa o cuando la agencia recibe nuevos fondos para ampliar el programa. Cuando contamos con vacantes (financiación/dinero) disponibles, la fuente de financiación nos exige que inscribamos a las familias, comenzando por aquellas con los ingresos más bajos.
Cada solicitante es responsable de mantener su solicitud al día. De no hacerlo, la familia será dada de baja de la Eligibility Waiting List (Lista de Espera de Elegibilidad) de la Child Development Resources. Usted puede llamar para actualizar su información o para presentar una solicitud siempre que se produzca un cambio en cualquiera de los siguientes aspectos: Nombre, Dirección, Número de Teléfono, Ingresos, Estado Civil, Número de Integrantes de la Familia, Empleo/Educación.
Se le notificará a usted por teléfono o correo cuando esté disponible la financiación. En ese momento, se verificarán sus ingresos, el número de integrantes de su familia y otros datos para asegurarse de que su familia se encuentre dentro del rango de ingresos que actualmente estamos inscribiendo. Se le solicitará a usted que proporcione documentación escrita de sus ingresos; empleo, inscripción escolar y cualquier otra información necesaria para determinar la elegibilidad para los servicios de Cuidado Infantil. Si determinamos que el ingreso actual de su familia es superior al rango establecido, su solicitud será devuelta a la Eligibility Waiting List (Lista de Espera de Elegibilidad) de Child Development Resources. Usted debe documentar la necesidad de Cuidado Infantil bajo el motivo de que usted está trabajando, buscando trabajo o asistiendo a la escuela o capacitación para todos los programas, a excepción de los programas Head Start y State Preschool. Si usted no tiene una necesidad válida para el Cuidado Infantil en el momento en que se le notifica de la inscripción, su solicitud será devuelta a la Eligibility Waiting List (Lista de Espera de Elegibilidad) de Child Development Resources a menos que el programa Head Start se ponga en contacto con usted.
Usted necesita ponerse en contacto con su trabajador de elegibilidad del condado y notificarle a su trabajador que usted requiere servicios de Cuidado Infantil. Su trabajador debe remitirlo a usted al contratista de Cuidado Infantil de CalWORKs Etapa Uno de su respectivo condado, o en caso de que usted tenga que solicitar la Eligibility Waiting List (Lista de Espera de Elegibilidad), a Child Development Resources.
Solicite en línea en la Solicitud CEWL
Los reembolsos de CDR se basan en el tipo de tarifa preferida de un proveedor y la Tarifa del Mercado Regional establecida por el Estado. Por favor, refiérase a su Contrato de Proveedor de Cuidado Infantil para más información. Para obtener una copia de las Tarifas Máximas del Mercado Regional, visite el sitio web del Departamento de Educación de California en:
Por favor, consulte nuestra página de Recursos y Referencias haciendo clic aquí >>
Aunque CDR exhorta a los proveedores a entregar las Hojas de Asistencia de Cuidado Infantil en el buzón designado para su debido procesamiento, los proveedores pueden enviarlas por correo a la CCAS:
Child Development Resources
A la atención de: Unidad de Servicios al Proveedor
221 E. Ventura Blvd.
Oxnard, CA 93036
Aunque CDR exhorta a los proveedores a entregar las Hojas de Asistencia de Cuidado Infantil en el buzón designado para su debido procesamiento, los proveedores pueden enviarlas por correo a la CCAS:
Child Development Resources
A la atención de: Unidad de Servicios al Proveedor
221 E. Ventura Blvd.
Oxnard, CA 93036
Por favor, refiérase a las pautas que se le proporcionaron a usted en su paquete de orientación para recibir asesoramiento. Usted también puede llamar a Servicios al Proveedor al 805.485.7878 ext. 457.
La fecha límite para entregar las Hojas de Asistencia de Cuidado Infantil para su procesamiento es el tercer día hábil del siguiente mes de servicio en que se proporcionó el Cuidado Infantil. Por favor, consulte las Fechas de Vencimiento del Calendario de Asistencia de Cuidado Infantil actual de CDR haciendo clic aquí >>
No. CDR requiere que se envíe una Hoja de Asistencia de Cuidado Infantil impresa por CDR para su reembolso mensual.
Solo bajo ciertas circunstancias CDR imprimirá las Hojas de Asistencia de Cuidado Infantil. Se recomienda que un proveedor que tenga acceso limitado a una impresora busque una en los siguientes establecimientos: Biblioteca local, Centros de Trabajo y Carrera, imprenta local, etc.
Esta es la forma en que CDR valida la información de la cuenta que fue enviada para Depósito Directo/ACH. Si esta cantidad fue depositada, usted recibirá un cheque válido enviado por correo el último día hábil del mes de procesamiento. Su próximo reembolso será depositado íntegramente en su cuenta.
Una vez que CDR reciba la notificación de su institución financiera, se enviará por correo un cheque válido a la dirección registrada. Por favor, tenga en cuenta: no se emitirá un cheque hasta que se reciba la notificación bancaria y se requerirá un segundo método de reembolso.
Usted puede revisar su estado de CCAS en el CarePortal del proveedor. Una vez que la CCAS sea escaneada en la base de datos, el estado de la CCAS cambiará a recibido.
La tarifa es establecida por el Proveedor individual. Póngase en contacto con una Asociación de Cuidado Infantil local o con Child Development Resources para recibir sus sugerencias sobre los cargos básicos, los cargos por horas extras, los días feriados y las tarifas de retención para los niños que están en casa enfermos o de vacaciones.
Hay una cuota de inscripción de $25 para asistir a una reunión de orientación de otorgamiento de licencias para el Cuidado Infantil Familiar, una cuota de solicitud de $73 para los pequeños Hogares de Cuidado Infantil Familiar y una cuota de $140 para una licencia respectiva a los grandes Hogares de Cuidado Infantil Familiar. También se aplicarán cargos adicionales para la toma de huellas dactilares/escanerización directa (livescan), pruebas de Tuberculosis, reanimación cardiopulmonar, Primeros Auxilios y Capacitación en Salud y Seguridad. Finalmente, una cuota de renovación para mantener una licencia de Cuidado Infantil en el hogar será adeudada anualmente para mantener su licencia.
Póngase en contacto con Community Care Licensing al (805) 562-0400. Usted puede comunicarse con el Departamento de Recursos y Referencias para obtener asistencia llamando al (805) 485-7878, Extensión 1512.
Se le enviará a usted por correo la información sobre las fechas de las reuniones de orientación. Las sesiones de orientación se llevan a cabo en las siguientes ciudades del Condado de Ventura: Oxnard, Santa Bárbara y San Luis Obispo.
El Cuidado Infantil Familiar es el cuidado y supervisión que se proporciona regularmente a un grupo de niños en el hogar de un proveedor de cuidado mientras sus padres no se encuentran. Por lo general, el cuidado es proporcionado durante las horas de trabajo del padre.
El Departamento Estatal de Servicios Sociales, Community Care Licensing es la agencia reguladora del Cuidado Infantil.
El Servicio de Guardería es proporcionado en la residencia del niño, mientras que el Cuidado Infantil Familiar es proporcionado en la residencia del proveedor de cuidado. Además, el Cuidado Infantil Familiar es usualmente un cuidado regular, mientras que el Servicio de Guardería es usualmente irregular y a corto plazo. Es posible que los proveedores deseen incluir un programa para niños que desarrollen sus habilidades sociales, emocionales, cognitivas y físicas.
Un pequeño hogar de Cuidado Infantil Familiar puede cuidar hasta ocho (8) niños, incluyendo sus propios hijos que aún no hayan cumplido los 10 años de edad. Si a una persona licenciada le gustaría abrir un hogar grande de Cuidado Infantil Familiar para más de ocho niños, hasta un máximo de 14, debe ponerse en contacto con la agencia de licencias para recibir instrucciones especiales.
Las armas de fuego y otras armas peligrosas deben ser almacenadas y guardadas bajo llave durante las horas en que los niños se encuentren bajo su cuidado. Las municiones deben cerrarse con llave por separado.
Las piscinas deben estar cercadas con una cerca de cinco (5) pies fabricada con material que no opaque la vista de la piscina y que tenga una puerta de cierre automático o que esté cubierta con un dispositivo aprobado.
Los proveedores de Cuidado Infantil Familiar deben cumplir con el Título 2 del Código de Reglamentos que se puede encontrar en el siguiente enlace:
Los Centros de Cuidado Infantil deben cumplir con el Título 22 del Código de Reglamentos para centros que se pueden encontrar aquí:
El departamento de Recursos y Referencias de Child Development Resources (CDR) mantiene una base de datos de hogares de Cuidado Infantil Familiar licenciados. Los padres que pregunten sobre el Cuidado Infantil licenciado recibirán una lista de proveedores de referencia basada en la edad, horario, ubicación y otras diversas circunstancias. El padre puede entonces elegir contactar a los Proveedores en su lista. El Proveedor tomará la decisión de aceptar o no a un niño para el cuidado, basándose en la capacidad licenciada, así como en la forma en que el niño encajaría con otros niños que ya se encuentran bajo el cuidado.
Es posible que los proveedores deseen anunciarse en el periódico local, en línea e informar a las escuelas primarias locales que usted tiene vacantes para el Cuidado Infantil.
Los proveedores también pueden unirse a una asociación de Cuidado Infantil. Las referencias de Cuidado Infantil también son realizadas por cada Asociación.
Póngase en contacto con su administrador de casos asignado de CalWORKs. Llame a su administrador de casos asignado de CalWORKs a las oficinas de la Etapa Uno que aparecen en la página de Asistencia de Cuidado Infantil.
Póngase en contacto con su administrador de casos asignado de CalWORKs. Llame a su administrador de casos asignado de CalWORKs a las oficinas de la Etapa Uno que aparecen en la página de Asistencia de Cuidado Infantil.
Póngase en contacto con su Especialista de Servicios para Padres de CDR en un plazo de 5 días en las oficinas de la Etapa Uno que aparecen en la página de Asistencia de Cuidado Infantil.
Póngase en contacto con su Especialista de Servicios para Padres de CDR en un plazo de 5 días en las oficinas de la Etapa Uno que aparecen en la página de Asistencia de Cuidado Infantil.